HOMOLOGACIÓN EN GRAN BRETAÑA.

Un Tribunal británico aprobó el pasado mes de septiembre la primera homologación de un acuerdo de refinanciación de deuda a favor de una compañía polaca perteneciente a un grupo industrial español (ver más en Reorg Research). En España el proceso de homologación judicial está previsto en la Ley Concursal. Con la homologación judicial los nuevos pagos acordados por la compañía deudora con las entidades financieras se extienden obligatoriamente a las entidades que no formaron parte del acuerdo.