NUEVO ACUERDO DE LA SALA PRIMERA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE CRITERIOS DE ADMISIÓN DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL.

El pasado día 27 de enero de 2017 la Sala Primera del Tribunal Supremo ha dictado un Acuerdo sobre nuevos criterios de admisión de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal, que vienen a sustituir a los adoptados por Acuerdo de 30 de diciembre de 2011 y se justifican en la propia experiencia de la Sala, tras cinco años de vigencia de los anteriores.

Los criterios gozan de mayor claridad, exhaustividad y casuística práctica que los de 30 de diciembre de 2011 y serán de gran utilidad para los abogados que tengan que interponer tales recursos, pues aclaran multitud de dudas que la aplicación práctica de los anteriores criterios había venido generando.

Entre las novedades del Acuerdo, destacamos su estructura, más coherente y práctica que la anterior, dividida en cuatro grandes apartados: motivos de recurso, resoluciones recurribles, requisitos de los recursos (de estructura, del encabezamiento de cada motivo y del desarrollo de los mismos) y causas de inadmisión.

Con este nuevo Acuerdo, en definitiva, la Sala Primera del Tribunal Supremo pretende que los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal sean más excepcionales, más claros, más técnicos y más formales, hasta el punto, siguiendo similar criterio establecido ya para el recurso de casación contencioso administrativo, de recomendarse su extensión máxima, interlineado, tamaño y tipo de letra.