
LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA POR LOS DAÑOS DERIVADOS DE LA PUBLICACIÓN DE LA INCOACIÓN DE UN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR POR LA CNMC
Ha sido publicada la nueva edición del ANUARIO DE DERECHO ADMINISTRATIVO 2022 que, por cuarto año consecutivo, incluye un artículo elaborado por Isabel Vizcaíno Fernández de Casadevante y Carlos L. Rubio Soler, miembros del departamento de Derecho Administrativo y Regulatorio de CORTÉS, ABOGADOS.
En su artículo titulado “LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA POR LOS DAÑOS DERIVADOS DE LA PUBLICACIÓN DE LA INCOACIÓN DE UN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR POR LA CNMC”, los autores, a través de un ejemplo de la práctica administrativa, denuncian cómo la jurisprudencia contencioso-administrativa, en ocasiones, puede hacer que se cuestionen instituciones básicas en un Estado de Derecho, tales como el sistema de Responsabilidad Patrimonial de la Administración Pública.
Concretamente, examinan el supuesto de los daños que pueden derivarse para el particular de un acto de la Administración cuando este acto viene impuesto ex lege y posteriormente es anulado, supuestos en los que jurisprudencialmente se exige para que prospere la pretensión resarcitoria “un juicio de razonabilidad” en el actuar administrativo, además de los restantes requisitos exigidos legalmente (daño efectivo, evaluable económicamente y relación de causalidad).
En el caso, los autores denuncian las consecuencias derivadas de esta interpretación jurisprudencial que -además de suponer una contradicción en sí misma- distorsiona el carácter objetivo de la responsabilidad patrimonial de la Administración y que nos devuelve a un estadio de responsabilidad subjetiva, en el que, además, se eleva el listón de la responsabilidad de tal manera que solo en aquellos supuestos en los que el acto no deriva de un ejercicio razonable de la potestad administrativa procedería esa indemnización.