
SE APRUEBA LA NUEVA LEY DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL.
La nueva Ley 29/2015 de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional en Materia Civil introduce cambios significativos en aspectos como la notificación internacional, la práctica de pruebas en el extranjero y el régimen de reconocimiento y ejecución de decisiones extranjeras, destacando la supresión del requisito de reciprocidad en el reconocimiento de sentencias previsto en la Ley de Enjuiciamiento Civil y la posibilidad de que los jueces puedan remitir directamente las solicitudes de cooperación internacional.